Libro de armoria

Heraldica de la corona de Aragón

Heraldica del apellido ASSO

Significado del apellido ASSO

Aragonés. “De argent, con olibo sinople y una paloma argentada(*) sobre él, con ramo en el pico. Otros traen de azul, con tres veneras de oro, como consta de un obispo Asso y capilla suya de San Bernardo en el Portillo.” (sic) [J. del Corral].
Aragonés. De plata, un árbol de sinople, en la copa cargada de una ave de plata. [Ms 450].
Aragonés. Linaje de Aragón. Se asentó en las villas de La Muela, Jaca, Huesca, Ayerbe, Almudebar, Zaragoza, Biescas y Sasal**, con individuos documentados ya desde el siglo XVI. Una de las ramas: De azur con tres veneras de oro dispuestas en triángulo. Otros: De plata un olivo en sinople y sobre él una paloma en plata con un ramo de olivo en el pico. Otros: Cortado: 1º, de ..., tres torres de ... de su color; inferior de ... las barras de Aragóm sostenidas por dos leones; orla con tres veneras. [A.A. G. Garrafa*] [J. de Atienza] [Enc. Aragonesa] [Bizén de O’Río].

Escudo de los Asso aragoneses, según Juan del Corral.


(*) Término equivalente a la plata. - ** Miguel de Asso y Félix de Asso su hijo y heredero, han sido tenidos y reputados por hijosdalgo e infanzones y sus antecesores, y corno tales tienen en la parte exterior de los portales de su casa grabado en piedra el escudo de sus armas, y que los dichos fundan su hidalguía en una decisoria de 24 de abril de 1461 dimanada de la Corte del justicia de Aragón a favor de Jordán de Asso y otros consortes vecinos de la villa de Biescas, la cual fue sobrecartada y renovada a 9 de septiembre de 1621. Y que habiendo hecho volato un descendiente del dicho Jordán de Asso, y establecídose en este lugar de Sasal, él y todos sus descendientes hasta los dichos Miguel y Félix de Asso han sido tenidos y reputados por hiiosdalgo e infanzones. Y Que habiendo hecho recurso v Duesta instancia en la Real Audiencia de este reino, Mateo de Asso, vecino del lugar de Sasal, abuelo y bisabuelo respective de los dichos Miguel y Félix, exponiendo lo conveniente a su derecho por la dicha Real Audiencia por auto de 12 de enero de 1734, se mandó y libró real provisión para que se les señalase el lugar que le correspondiese como a tal hijodalgo en los libros del ayuntamiento del dicho lugar, y con efecto se le señaló y puso en el día 17 de enero de 1734 como consta de los libros de dicho ayuntamiento y de un testimonio que se ha presentado por los dichos Miguel y Félix de Asso, a los cuales y sus antecesores se les ha tenido en este lugar por tales hijosdalgo y guardado las excepciones que les corresponden. Y en los testimonios que se han pedido a este lugar sobre el estado de sus vecinos, se les ha puesto en la clase y estado de tales hidalgos y especialmente tienen presente haberse puesto en dicha clase al referido Miguel de Asso en un testimonio que se dio por el ayuntamiento de este lugar de orden de la superioridad comunicado por don Ladislao Abós, gobernador político y militar de la ciudad de Jaca a 17 de febrero de 1776.